¿Qué impuestos he de pagar por el alquiler de una habitación de mi vivienda habitual?

Por los ingresos procedentes del alquiler de la vivienda habitual debe pagarse el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Así, el ingreso por el alquiler (ya sea de un inmueble entero o de una habitación dentro de la vivienda habitual) supone para la persona arrendadora/propietaria del inmueble un rendimiento íntegro de capital inmobiliario que se debe incluir en su Base Imponible general del IRPF. Esto es que, por el ingreso bruto que se reciba por el alquiler, la persona arrendataria debe pagar un porcentaje (que oscila entre el 25% y el 50% en algunas Comunidades Autónomas) a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En la base imponible se deben incluir los ingresos íntegros, así como los gastos que se hayan soportado que sean necesarios para la obtención de estos rendimientos (tal y como trataremos a continuación).