La ley permite a las compañías aseguradoras cancelar un seguro de vida en los siguientes casos:
Impago: En caso de que no se pague la primera prima, o la única no se haya pagado a la fecha del vencimiento, la persona aseguradora podrá terminar el contrato, en caso de que la prima no se ha pagado antes del siniestro, la aseguradora no cubrirá nada (salvo que se haya acordado lo contrario). Si no se paga alguna de las primas siguientes, la cobertura de la aseguradora se suspende un mes después del vencimiento de la prima, y si no la reclama en los seis meses siguientes, se extingue el contrato.
Engaño: en caso de que se haya engañado o perjudicado al asegurador, o cuando el siniestro hubiera sido causado mediando mala fe de la persona asegurada.
Duración del Contrato: La duración máxima de la póliza es de 10 años, prorrogables por períodos de un año. En caso de que hayan transcurrido los 10 años de duración del contrato, las partes pueden decidir no prorrogar el contrato a través de una notificación escrita. La compañía aseguradora debe de notificar dicha decisión con dos meses de antelación a la finalización del contrato.
Inexactitud al declarar riesgo: la persona asegurada, como consecuencia del cuestionario al que se somete, debe declarar todas las circunstancias conocidas por él o ella que puedan afectar a la valoración del riesgo por parte de la entidad aseguradora.
En caso de inexactitud de información o circunstancias por parte de la persona asegurada, la compañía aseguradora puede terminar el contrato en el plazo de un mes desde que existe la inexactitud del tomador del seguro.
Sin embargo, en caso de que la persona asegurada no se sometiese a ningún cuestionario, éste no tiene el deber de declarar al asegurador todas las circunstancias conocidas por él que puedan influir en la valoración del riesgo.
El plazo que tiene la compañía aseguradora para cancelar el contrato en caso de reticencia e inexactitud en las declaraciones del asegurado es de 1 año desde la fecha de firma del contrato, salvo que las partes hayan acordado un plazo más corto.